Legislación › Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares.
Disposición adicional décima. Normativa en materia de patrimonio.
Disposición adicional décima. Normativa en materia de patrimonio.
En todo lo no previsto en la legislación estatal en materia de patrimonio aplicable a las administraciones públicas y, en particular, a las entidades locales, o en la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears, los consejos insulares aplicarán la Ley 6/2001, de 11 de abril, de patrimonio de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
← Disposición adicional novena Índice Disposición adicional undécima →


