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Legislación › Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares.

Disposición final primera. Adaptación reglamentaria.

Disposición final primera. Adaptación reglamentaria.

En el plazo de dieciocho meses, a contar desde la entrada en vigor de esta ley, los consejos insulares adaptarán su reglamento orgánico y cualquier otra disposición reglamentaria a lo establecido en esta ley.

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