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Legislación › Ley 8/2022, de 30 de junio, sobre acceso y ejercicio de profesiones de la actividad física y del deporte en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Disposición final tercera. Acreditación de cualificaciones para el acceso y ejercicio de las profesiones por otras vías.

Disposición final tercera. Acreditación de cualificaciones para el acceso y ejercicio de las profesiones por otras vías.

El acceso y ejercicio de las profesiones puede realizarse a través de las cualificaciones acreditadas mediante los títulos académicos y certificados determinados en esta ley. En el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la ley, el departamento del Gobierno Vasco competente en materia de deporte determinará los supuestos, condiciones y procedimientos para acreditar las cualificaciones adquiridas por otras vías diferentes a los citados títulos y certificados.

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