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Legislación › Ley 8/2022, de 30 de junio, sobre acceso y ejercicio de profesiones de la actividad física y del deporte en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Disposición transitoria cuarta. Voluntariado.

Disposición transitoria cuarta. Voluntariado.

Las previsiones contenidas en esta ley sobre las habilitaciones y reconocimientos de las competencias previstas para las profesionales y los profesionales de la actividad física y del deporte en las disposiciones transitorias primera y segunda también serán de aplicación a las personas que realicen las actividades profesionales contempladas en esta ley en régimen de voluntariado.

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