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Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.

En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 7 de septiembre de 2022 · Último cambio el 2 de agosto de 2024 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. [preambulo]
  3. TÍTULO PRELIMINAR
  4. Artículo 1. Objeto y finalidad.
  5. Artículo 2. Principios rectores.
  6. Artículo 3. Ámbito de aplicación.
  7. TÍTULO I
  8. Artículo 4. Investigación y datos.
  9. Artículo 5. Órgano responsable.
  10. Artículo 6. Fomento de la investigación en materia de violencia sexual.
  11. TÍTULO II
  12. CAPÍTULO I
  13. Artículo 7. Prevención y sensibilización en el ámbito educativo.
  14. Artículo 8. Prevención y sensibilización en el ámbito sanitario, sociosanitario y de servicios sociales.
  15. Artículo 9. Campañas institucionales de prevención e información.
  16. Artículo 10. Medidas de prevención en el ámbito digital y de la comunicación.
  17. Artículo 11. Prevención y sensibilización en el ámbito publicitario.
  18. Artículo 12. Prevención y sensibilización en el ámbito laboral.
  19. Artículo 13. Prevención y sensibilización en la Administración Pública, los organismos públicos y los órganos constitucionales.
  20. Artículo 14. Prevención y sensibilización en el ámbito castrense.
  21. Artículo 15. Prevención y sensibilización en instituciones residenciales y en centros penitenciarios, de detención, o de internamiento involuntario de personas.
  22. Artículo 16. Espacios públicos seguros.
  23. Artículo 17. Partidos políticos y organizaciones sociales.
  24. CAPÍTULO II
  25. Artículo 18. Responsabilidad institucional de detección de las violencias sexuales.
  26. Artículo 19. Detección y respuesta en el ámbito educativo.
  27. Artículo 20. Detección e intervención en el ámbito sanitario.
  28. Artículo 21. Detección e intervención en el ámbito sociosanitario y en el sistema de servicios sociales.
  29. Artículo 22. Detección de casos de mutilación genital femenina, trata de mujeres con fines de explotación sexual y matrimonio forzado.
  30. TÍTULO III
  31. Artículo 23. Garantía de especialización profesional a través de la formación.
  32. Artículo 24. Formación en el ámbito docente y educativo.
  33. Artículo 25. Formación del sector sanitario, sociosanitario y de servicios sociales.
  34. Artículo 26. Formación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
  35. Artículo 27. Formación en las Carreras Judicial y Fiscal y de todo el personal al servicio de la Administración de Justicia.
  36. Artículo 28. Formación en el ámbito de la abogacía.
  37. Artículo 29. Formación en el ámbito forense.
  38. Artículo 30. Formación en el ámbito penitenciario y otros centros de internamiento o custodia.
  39. Artículo 31. Formación del personal en el exterior.
  40. Artículo 32. Medidas relativas a la evaluación, verificación y acreditación de centros y de títulos universitarios.
  41. TÍTULO IV
  42. CAPÍTULO I
  43. Artículo 33. El derecho a la asistencia integral especializada y accesible.
  44. Artículo 34. Derecho a la información.
  45. Artículo 35. Servicios de asistencia integral especializada y accesible.
  46. Artículo 36. Garantía de los derechos de las víctimas en situación administrativa irregular.
  47. Artículo 37. Acreditación de la existencia de violencias sexuales. 2 redacciones · cambió el 02/08/2024
  48. CAPÍTULO II
  49. Artículo 38. Derechos laborales y de Seguridad Social.
  50. Artículo 39. Programa específico de empleo.
  51. Artículo 40. Derechos de las funcionarias públicas.
  52. Artículo 41. Ayudas económicas a las víctimas de violencias sexuales.
  53. Artículo 42. Acceso a la vivienda.
  54. TÍTULO V
  55. Artículo 43. Actuación policial especializada.
  56. Artículo 44. Investigación policial.
  57. Artículo 45. Protección efectiva de las víctimas en riesgo.
  58. Artículo 46. Colaboración policial.
  59. TÍTULO VI
  60. CAPÍTULO I
  61. Artículo 47. Unidades de valoración forense integral.
  62. Artículo 48. Práctica forense disponible, accesible y especializada.
  63. CAPÍTULO II
  64. Artículo 49. Información y acompañamiento en el ámbito judicial.
  65. Artículo 50. Protección de datos y limitaciones a la publicidad.
  66. Artículo 51. Asistencia de Embajadas y Oficinas Consulares.
  67. TÍTULO VII
  68. Artículo 52. Alcance y garantía del derecho a la reparación.
  69. Artículo 53. Indemnización.
  70. Artículo 54. Pensión de orfandad y prestación de orfandad.
  71. Artículo 55. Completa recuperación y garantías de no repetición.
  72. Artículo 56. Fondos para la reparación a las víctimas.
  73. Artículo 57. Reparación simbólica y enfoque reparador integral transformador.
  74. TÍTULO VIII
  75. Artículo 58. Estructura institucional.
  76. Artículo 59. Colaboración para una intervención coordinada.
  77. Artículo 60. Estrategia estatal de prevención y respuesta a las violencias machistas.
  78. Artículo 61. Mesa de coordinación estatal sobre violencias sexuales.
  79. Disposición adicional primera. Aprobación de la Estrategia estatal de prevención y respuesta a las violencias machistas.
  80. Disposición adicional segunda. Financiación de costes para la Seguridad Social con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
  81. Disposición adicional tercera. Evaluación de la aplicación de la ley orgánica.
  82. Disposición adicional cuarta. Sistema de financiación de las políticas públicas en materia de violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado Contra la Violencia de Género.
  83. Disposición adicional quinta. Evaluación y monitoreo de la actividad de las instituciones en materia de violencia contra las mujeres.
  84. Disposición transitoria única. Aplicación de medidas.
  85. Disposición final primera. Modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, aprobada por Real Decreto de 14 de septiembre de 1882. 2 redacciones · cambió el 02/08/2024
  86. Disposición final segunda. Modificación de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.
  87. Disposición final tercera. Modificación de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad.
  88. Disposición final cuarta. Modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
  89. Disposición final quinta. Modificación de la Ley 35/1995, de 11 de diciembre, de ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual.
  90. Disposición final sexta. Modificación de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
  91. Disposición final séptima. Modificación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
  92. Disposición final octava. Modificación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  93. Disposición final novena. Modificación de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
  94. Disposición final décima. Modificación de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
  95. Disposición final undécima. Modificación de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
  96. Disposición final duodécima. Modificación de la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.
  97. Disposición final decimotercera. Modificación de la Ley Orgánica 14/2015, de 14 de octubre, del Código Penal Militar.
  98. Disposición final decimocuarta. Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
  99. Disposición final decimoquinta. Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
  100. Disposición final decimosexta. Modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
  101. Disposición final decimoséptima. Naturaleza y rango jurídico.
  102. Disposición final decimoctava. Título competencial.
  103. Disposición final decimonovena. Competencias autonómicas.
  104. Disposición final vigésima. Especialización en violencias sexuales.
  105. Disposición final vigesimoprimera. Asistencia jurídica gratuita a las víctimas de violencias sexuales.
  106. Disposición final vigesimosegunda. Fondo de bienes decomisados por delitos contra la libertad sexual.
  107. Disposición final vigesimotercera. Modificaciones reglamentarias.
  108. Disposición final vigesimocuarta. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
  109. Disposición final vigesimoquinta. Entrada en vigor.
  110. [firma]