LexTotal

Legislación › Ley 6/2022, de 5 de agosto, de archivos y gestión documental de las Illes Balears.

Disposición transitoria segunda. Confección del Censo de archivos y documentos de las Illes Balears.

Disposición transitoria segunda. Confección del Censo de archivos y documentos de las Illes Balears.

En un plazo máximo de tres años, los consejos insulares deben confeccionar el censo de archivos y documentos de su territorio.

← Disposición transitoria primera Índice Disposición transitoria tercera →