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Legislación › Ley 6/2022, de 29 de julio, de la Viña y del Vino de Castilla-La Mancha.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

1. El ámbito de aplicación de la ley se extiende a la uva de vinificación, al resto de productos vitivinícolas y a los alcoholes elaborados a partir de productos vitícolas, al viñedo, instalaciones para la producción, almacenamiento y distribución de los productos mencionados y a todos los operadores que desarrollen o puedan desarrollar actividades relacionadas con los mismos en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.

2. En cuanto al ámbito de aplicación del control, este se extenderá también a todos los productos comercializados o destinados a ser comercializados en el territorio de Castilla-La Mancha, así como a los procesos y las operaciones a que sean sometidos.

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