LexTotal

Legislación › Ley 6/2022, de 29 de julio, de la Viña y del Vino de Castilla-La Mancha.

Artículo 60. Duración del procedimiento.

Artículo 60. Duración del procedimiento.

El plazo para resolver los procedimientos sancionadores y notificar su resolución será de doce meses desde la fecha del acuerdo de iniciación.

← Artículo 59 Índice Disposición adicional única →