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Legislación › Ley 5/2022, de 6 de octubre, Reguladora del Fondo Aragonés de Financiación Municipal.

Disposición transitoria segunda. Fondo de Cooperación Municipal.

Disposición transitoria segunda. Fondo de Cooperación Municipal.

En el caso de que tras la entrada en vigor de esta ley se hubiera procedido a la distribución del Fondo de Cooperación Municipal en los términos previstos en el artículo 262 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, dicha distribución se disminuirá de la cantidad que le corresponda en aplicación de la presente ley.

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