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Ley 1/2022, de 12 de julio, de mejora de la gestión del ciclo integral del agua.

En vigor Comunidad Autónoma de Galicia · Publicada el 14 de noviembre de 2022 · Último cambio el 31 de diciembre de 2025 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  5. Artículo 3. Definiciones.
  6. Artículo 4. Finalidades de la ley.
  7. Artículo 5. Principios de actuación en la gestión del ciclo integral del agua.
  8. TÍTULO II
  9. CAPÍTULO I
  10. Artículo 6. Fijación de las aglomeraciones urbanas de Galicia.
  11. Artículo 7. Determinación de los entes públicos representativos de los municipios.
  12. Artículo 8. Administraciones públicas titulares de infraestructuras vinculadas al ciclo integral del agua.
  13. Artículo 9. Modificación de las aglomeraciones urbanas de Galicia.
  14. Artículo 10. Medidas para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del tratamiento de las aguas residuales urbanas.
  15. Artículo 11. Otras medidas relacionadas con la ordenación de los sistemas de saneamiento y depuración.
  16. Artículo 12. Medidas para mejorar la gestión de las aguas blancas y pluviales.
  17. Artículo 13. Medidas relacionadas con la ordenación de los sistemas de abastecimiento.
  18. Artículo 14. Medidas para fomentar la eficiencia energética en el ciclo integral del agua.
  19. Artículo 15. Medidas de investigación e innovación tecnológica.
  20. Artículo 16. Medidas relacionadas con la formación, la transparencia y el intercambio de información en la gestión del ciclo integral del agua.
  21. CAPÍTULO II
  22. Artículo 17. Objetivos en la prestación de los servicios del ciclo integral del agua.
  23. Artículo 18. Régimen general de la prestación de los servicios del ciclo integral del agua.
  24. Artículo 19. Sostenibilidad y viabilidad económica en la gestión del ciclo integral del agua.
  25. Artículo 20. De la calidad de los servicios.
  26. CAPÍTULO III
  27. Artículo 21. Gestión del ciclo integral del agua por la Administración hidráulica de Galicia.
  28. Artículo 22. Gestión de las infraestructuras de titularidad de las entidades locales.
  29. Artículo 23. Gestión de las infraestructuras de titularidad estatal o autonómica.
  30. Artículo 24. Interés público excepcional en la gestión de las infraestructuras.
  31. Artículo 25. Informe previo a la gestión de las infraestructuras por Augas de Galicia.
  32. Artículo 26. Procedimiento para la asunción por parte de Augas de Galicia de la gestión de las infraestructuras y la prestación de servicios vinculados al ciclo integral del agua.
  33. Artículo 27. Inversiones sobre las infraestructuras que forman parte de la actuación de Augas de Galicia como entidad prestadora de servicios.
  34. Artículo 28. De la protección de las instalaciones e infraestructuras asociadas a la gestión del ciclo integral del agua.
  35. TÍTULO III
  36. CAPÍTULO I
  37. Artículo 29. Financiación de la gestión del ciclo integral del agua.
  38. Artículo 30. Relación con otros ingresos de derecho público vinculados con la Administración hidráulica de Galicia.
  39. CAPÍTULO II
  40. Sección 1
  41. Artículo 31. Canon de gestión de depuradoras.
  42. Artículo 32. Afectación del producto del canon de gestión de depuradoras.
  43. Sección 2
  44. Artículo 33. Hecho imponible.
  45. Artículo 34. Sujeto pasivo y otros obligados tributarios.
  46. Artículo 35. Supuestos de no sujeción y exenciones. 2 redacciones · cambió el 31/12/2025
  47. Artículo 36. Base imponible y métodos de determinación de la base imponible.
  48. Artículo 37. Determinación de la base imponible mediante el régimen de estimación directa.
  49. Artículo 38. Determinación de la base imponible mediante el régimen de estimación objetiva.
  50. Artículo 39. Base liquidable de la parte variable de la cuota asociada al volumen de agua en los usos urbanos.
  51. Artículo 40. Base liquidable de la parte variable de la cuota asociada a la carga contaminante en los usos urbanos.
  52. Artículo 41. Devengo.
  53. Subsección 1
  54. Artículo 42. Cuota del canon de gestión de depuradoras.
  55. Artículo 43. Tipo de gravamen. 2 redacciones · cambió el 31/12/2025
  56. Artículo 44. Deducciones de la cuota.
  57. Subsección 2
  58. Artículo 45. Cuota del canon de gestión de depuradoras.
  59. Artículo 46. Tipo de gravamen.
  60. Subsección 3
  61. Artículo 47. Cuota del canon de gestión de depuradoras y tipo de gravamen.
  62. Subsección 4
  63. Artículo 48. Vaciado de fosas sépticas.
  64. CAPÍTULO III
  65. Sección 1
  66. Artículo 49. Canon de gestión de redes de colectores.
  67. Artículo 50. Afectación del producto del canon de gestión de redes de colectores.
  68. Sección 2
  69. Artículo 51. Hecho imponible.
  70. Artículo 52. Sujeto pasivo y otras personas obligadas tributarias.
  71. Artículo 53. Supuestos de no sujeción y exenciones. 2 redacciones · cambió el 31/12/2025
  72. Artículo 54. Base imponible y métodos de determinación de la base imponible.
  73. Artículo 55. Determinación de la base imponible mediante el régimen de estimación directa.
  74. Artículo 56. Determinación de la base imponible mediante el régimen de estimación objetiva.
  75. Artículo 57. Base liquidable en los usos urbanos.
  76. Artículo 58. Devengo.
  77. Subsección 1
  78. Artículo 59. Cuota del canon de gestión de redes de colectores.
  79. Artículo 60. Tipo de gravamen. 2 redacciones · cambió el 31/12/2025
  80. Artículo 61. Deducciones de la cuota.
  81. Subsección 2
  82. Artículo 62. Cuota del canon de gestión de redes de colectores y tipo de gravamen.
  83. Subsección 3
  84. Artículo 63. Cuota del canon de gestión de redes de colectores y tipo de gravamen.
  85. CAPÍTULO IV
  86. Artículo 64. Competencias en cuanto a la aplicación del canon de gestión de depuradoras y del canon de gestión de redes de colectores.
  87. Artículo 65. Repercusión del canon de gestión de depuradoras y del canon de gestión de redes de colectores.
  88. Artículo 66. Liquidaciones.
  89. Artículo 67. Autoliquidaciones.
  90. Artículo 68. Régimen sancionador aplicable.
  91. Artículo 69. Infracción tributaria por incumplir la obligación de repercutir el canon de gestión de depuradoras o el canon de gestión de redes de colectores en la factura del agua.
  92. Artículo 70. Infracción tributaria por repercutir incorrectamente el canon de gestión de depuradoras o el canon de gestión de redes de colectores con perjuicio económico para la hacienda pública.
  93. Artículo 71. Infracción tributaria por repercutir incorrectamente el canon de gestión de depuradoras o el canon de gestión de redes de colectores sin perjuicio económico para la hacienda pública.
  94. CAPÍTULO V
  95. Sección 1
  96. Artículo 72. Normas generales.
  97. Artículo 73. Afectación del producto del canon de gestión de abastecimientos.
  98. Artículo 74. Competencias en cuanto a la aplicación del canon de gestión de abastecimientos.
  99. Sección 2
  100. Artículo 75. Hecho imponible.
  101. Artículo 76. Sujeto pasivo.
  102. Artículo 77. Base imponible.
  103. Artículo 78. Cuota del canon de gestión de abastecimientos.
  104. Artículo 79. Tipo de gravamen.
  105. Artículo 80. Devengo.
  106. Artículo 81. Liquidación.
  107. Disposición adicional primera. Declaración de interés público excepcional de la gestión de determinadas infraestructuras vinculadas al ciclo integral del agua.
  108. Disposición adicional segunda. Acreditación del número de personas, familia numerosa y riesgos de exclusión social.
  109. Disposición adicional tercera. Aplicación en la modalidad de carga contaminante del canon de gestión de depuradoras.
  110. Disposición adicional cuarta. Otras entidades.
  111. Disposición transitoria primera. Régimen establecido para las infraestructuras de saneamiento y depuración que a la entrada en vigor de la presente ley estén siendo gestionadas por la entidad pública Augas de Galicia.
  112. Disposición transitoria segunda. Régimen establecido para las infraestructuras de abastecimiento que a la entrada en vigor de la presente ley estén siendo gestionadas por la entidad pública Augas de Galicia.
  113. Disposición transitoria tercera. Gestión del coeficiente de vertido.
  114. Disposición transitoria cuarta. Aplicación de la normativa relativa al coeficiente de vertido.
  115. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  116. Disposición final primera. Modificación de la Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia.
  117. Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo normativo.
  118. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  119. [firma]
  120. ANEXO I
  121. ANEXO II