Legislación › Real Decreto 1012/2022, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Abogacía General del Estado, se regula la inspección de los servicios en su ámbito y se dictan normas sobre su personal.
Artículo 15. Subdirección General de Coordinación y Apoyo de los Servicios Contenciosos.
Artículo 15. Subdirección General de Coordinación y Apoyo de los Servicios Contenciosos.
Corresponden a la Subdirección General de Coordinación y Apoyo de los Servicios Contenciosos las competencias enumeradas en las letras a), c), d), e) y f) del artículo 12, en la medida en que no hayan sido asumidas por los correspondientes departamentos o abarquen a varios de estos.
Igualmente corresponde a esta Subdirección General la elaboración de las autorizaciones, instrucciones e informes a los que se refieren las letras b) y g) del artículo 12.


