Legislación › Ley 7/2022, de 3 de noviembre, de creación del Instituto Cántabro de Administración Pública "Rafael de la Sierra".
Artículo 5. Gestión compartida de servicios comunes.
Artículo 5. Gestión compartida de servicios comunes.
1. La organización y gestión compartida de todos los servicios comunes prestados por el ICAP «Rafael de la Sierra», se llevará a cabo por la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de Presidencia.
2. Tendrá la consideración de servicios comunes la gestión de bienes inmuebles, los sistemas de información y comunicación, la asistencia jurídica, la contabilidad y gestión financiera y la contratación pública.


