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Legislación › Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.

Disposición adicional centésima vigésima. Infraestructuras viarias en Cataluña.

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Disposición adicional centésima vigésima. Infraestructuras viarias en Cataluña.
El Estado y la Generalitat de Catalunya suscribirán un convenio para la ejecución de actuaciones en el Maresme, derivadas de la cesión de la N-II, con una aportación plurianual del Estado que alcanzará un total de 384 M€.
Asimismo, el Estado y la Generalitat de Catalunya suscribirán un convenio para la ejecución de actuaciones de mejora de la conectividad de la AP2 y AP7, en el marco de cooperación del artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, relativo a las encomiendas de gestión, y con los límites establecidos en este. AP7. La aportación plurianual por parte del Estado prevista en el citado convenio, alcanzará un total de 250 M€.
De igual manera, y con el mismo marco legal de cooperación, el Estado y la Generalitat de Catalunya suscribirán un convenio para la ejecución de Plan de actuaciones en el Eje Pirenaico, con una aportación plurianual por parte del Estado que alcanzará un total de 260 M€.
En los convenios a que se refiere esta disposición adicional, cuando esté justificado por razones de eficacia administrativa, podrá acordarse que la administración con la que se suscribe el convenio realice estas actuaciones:
a) Licitar, contratar, efectuar el seguimiento y supervisar tanto las obras como las asistencias técnicas vinculadas a ellas.
b) Llevar a cabo las expropiaciones necesarias para ejecutar dichas obras.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de junio de 2023 En vigor BOE-A-2023-15135 Leer Qué cambió
1 de enero de 2023 Texto original Leer

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