Legislación › Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Disposición adicional quincuagésima segunda. Cobertura por cuenta del Estado de los riesgos de la internacionalización de la economía española.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2023 y la del 9 de abril de 2025.
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Disposición adicional quincuagésima segunda. Cobertura por cuenta del Estado de los riesgos de la internacionalización de la economía española.
Durante la vigencia de esta ley el El límite máximo para nueva contratación de cobertura por cuenta del Estado de los riesgos de la internacionalización de la economía española, excluidas las pólizas abiertas de corto plazo, salvo las de créditos documentarios, que podrá emitir la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación, Sociedad Anónima (CESCE) por cuenta del Estado, será para el ejercicio económico en curso de 9.000.000 15.000.000 miles de euros.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de abril de 2025 En vigor | BOE-A-2025-7093 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2023 | Texto original | Leer |
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