Legislación › Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
TÍTULO VIII
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de enero de 2025 y la del 25 de diciembre de 2025.
Tachado: lo que se quitó (12 palabras). Subrayado: lo que se añadió (13 palabras).
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TÍTULO VIII
Cotizaciones sociales
Téngase en cuenta que, en tanto se apruebe la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2025, 2026, el contenido del presente título y las disposiciones adicionales concordantes, así como sus disposiciones de desarrollo, mantendrán su vigencia en 2025, 2026, con las modificaciones y excepciones previstas en el título III los artículos 7, 8 y 9 del Real Decreto-ley 1/2025, 16/2025, de 28 23 de enero, diciembre, debiendo entenderse las referencias hechas por dichas normas al año 2023, como realizadas al año 2025, 2026, según se establece en la disposición adicional 1 del citado Real Decreto-ley. BOE-A-2025-1560 BOE-A-2025-26458
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 4 de febrero de 2026 En vigor | BOE-A-2026-2548 | Leer | Qué cambió |
| 28 de enero de 2026 | BOE-A-2026-2024 | Leer | Qué cambió |
| 25 de diciembre de 2025 | BOE-A-2025-26458 | Leer | Qué cambió |
| 30 de enero de 2025 | BOE-A-2025-1560 | Leer | Qué cambió |
| 23 de enero de 2025 | BOE-A-2025-1136 | Leer | Qué cambió |
| 25 de diciembre de 2024 | BOE-A-2024-26915 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2023 | Texto original | Leer |


