Legislación › Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
TÍTULO VIII
Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de enero de 2026 y la del 4 de febrero de 2026.
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TÍTULO VIII
Cotizaciones sociales
Téngase en cuenta que, en tanto se apruebe una nueva Ley de Presupuestos Generales del Estado, el contenido del presente título y las disposiciones adicionales concordantes, así como sus disposiciones de desarrollo, mantendrán su vigencia, con efectos desde el día 1 de enero de 2026, con las modificaciones y excepciones previstas en los artículos 1, 2 y 3 del Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero, según establece su disposición adicional 1. BOE-A-2026-2548
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 4 de febrero de 2026 En vigor | BOE-A-2026-2548 | Leer | Qué cambió |
| 28 de enero de 2026 | BOE-A-2026-2024 | Leer | Qué cambió |
| 25 de diciembre de 2025 | BOE-A-2025-26458 | Leer | Qué cambió |
| 30 de enero de 2025 | BOE-A-2025-1560 | Leer | Qué cambió |
| 23 de enero de 2025 | BOE-A-2025-1136 | Leer | Qué cambió |
| 25 de diciembre de 2024 | BOE-A-2024-26915 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2023 | Texto original | Leer |


