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Ley 38/2022, de 27 de diciembre, para el establecimiento de gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito y por la que se crea el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, y se modifican determinadas normas tributarias.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 28 de diciembre de 2022 · Último cambio el 21 de diciembre de 2024 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- Artículo 1. Gravamen temporal energético. 3 redacciones · cambió el 21/12/2024
- Artículo 2. Gravamen temporal de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito.
- Artículo 3. Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas. 2 redacciones · cambió el 28/12/2023
- Disposición adicional primera. Cláusula de condición suspensiva.
- Disposición adicional segunda. Regímenes forales.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
- Disposición final tercera. Modificación de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio.
- Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.
- Disposición final quinta. Modificación de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
- Disposición final sexta. Modificación del texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio.
- Disposición final séptima. Títulos competenciales.
- Disposición final octava. Entrada en vigor.
- [firma]


