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Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases.

En vigor Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico · Publicada el 28 de diciembre de 2022 · Último cambio el 28 de diciembre de 2022 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO I
  3. CAPÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto y finalidad.
  5. Artículo 2. Definiciones.
  6. Artículo 3. Ámbito de aplicación.
  7. Artículo 4. Instrumentos de planificación en materia de envases y residuos de envases.
  8. Artículo 5. Instrumentos económicos.
  9. CAPÍTULO II
  10. Artículo 6. Objetivos de prevención.
  11. Artículo 7. Medidas de prevención.
  12. Artículo 8. Objetivos de reutilización.
  13. Artículo 9. Medidas de reutilización.
  14. CAPÍTULO III
  15. Artículo 10. Objetivos de reciclado y valorización.
  16. Artículo 11. Medidas para la promoción del reciclado de residuos de envases.
  17. TÍTULO II
  18. CAPÍTULO I
  19. Artículo 12. Diseño del producto, requisitos y condiciones de seguridad.
  20. Artículo 13. Obligaciones de marcado y de información.
  21. CAPÍTULO II
  22. Artículo 14. Creación de la sección de envases en el Registro de Productores de Productos.
  23. Artículo 15. Inscripción en el Registro de Productores de Productos.
  24. Artículo 16. Obligaciones de información en materia de envases.
  25. CAPÍTULO III
  26. Sección 1
  27. Artículo 17. Obligaciones generales del productor del producto.
  28. Artículo 18. Planes empresariales de prevención y ecodiseño.
  29. Sección 2
  30. Artículo 19. Constitución, comunicación y funcionamiento de los sistemas individuales de responsabilidad ampliada del productor.
  31. Artículo 20. Constitución, autorización y funcionamiento de los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor.
  32. Artículo 21. Obligaciones generales de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor.
  33. Artículo 22. Obligaciones adicionales de los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor.
  34. Artículo 23. Alcance general de la contribución financiera de los productores a los sistemas de responsabilidad ampliada del productor.
  35. Artículo 24. Suscripción, alcance y cuantía de las garantías financieras.
  36. Artículo 25. Garantías financieras de los sistemas individuales.
  37. Artículo 26. Garantías financieras de los sistemas colectivos.
  38. Artículo 27. Ejecución y reposición de la garantía financiera.
  39. Sección 3
  40. Artículo 28. Obligaciones de los productores.
  41. Artículo 29. Obligaciones de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor en materia de envases domésticos.
  42. Artículo 30. Obligaciones de comerciantes y distribuidores de productos envasados.
  43. Artículo 31. Obligaciones de los consumidores.
  44. Artículo 32. Obligaciones de las entidades locales.
  45. Artículo 33. Convenios de las administraciones públicas con los sistemas de responsabilidad ampliada del productor en materia de envases domésticos.
  46. Artículo 34. Financiación de las operaciones de gestión de los residuos de envases domésticos.
  47. Sección 4
  48. Artículo 35. Obligaciones de los productores.
  49. Artículo 36. Obligaciones de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor en materia de envases comerciales.
  50. Artículo 37. Obligaciones de los distribuidores de productos envasados.
  51. Artículo 38. Obligaciones de los poseedores finales de residuos de envases comerciales.
  52. Artículo 39. Obligaciones de las entidades locales.
  53. Artículo 40. Financiación de las operaciones de gestión de los residuos de envases comerciales.
  54. Sección 5
  55. Artículo 41. Obligaciones de los productores.
  56. Artículo 42. Obligaciones de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor en materia de envases industriales.
  57. Artículo 43. Obligaciones de los distribuidores de productos envasados.
  58. Artículo 44. Obligaciones de los poseedores finales de residuos de envases industriales.
  59. Artículo 45. Financiación de las operaciones de gestión de los residuos de envases industriales.
  60. CAPÍTULO IV
  61. Artículo 46. Establecimiento obligatorio del sistema de depósito, devolución y retorno para envases reutilizables.
  62. Artículo 47. Establecimiento obligatorio del sistema de depósito, devolución y retorno para determinados envases domésticos de un solo uso.
  63. Artículo 48. Establecimiento voluntario del sistema de depósito, devolución y retorno para envases de un solo uso.
  64. TÍTULO III
  65. Artículo 49. Información a las administraciones públicas.
  66. Artículo 50. Información a los consumidores, usuarios, público en general y organizaciones no gubernamentales.
  67. Artículo 51. Cooperación administrativa e intercambio de información.
  68. TÍTULO IV
  69. Artículo 52. Control, seguimiento y supervisión por las administraciones públicas.
  70. Artículo 53. Vigilancia e Inspección.
  71. Artículo 54. Régimen sancionador.
  72. Disposición adicional primera. Gestión de envases de medicamentos.
  73. Disposición adicional segunda. Aplicación del régimen de responsabilidad ampliada del productor a los recipientes que se utilizan para contener alimentos y a los vasos de plástico de un solo uso para bebidas, incluidos sus tapas y tapones, incluidos en la Directiva (UE) 2019/904 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el me
  74. Disposición adicional tercera. Aplicación del régimen de responsabilidad ampliada del productor a difusores y trampas de captura y monitoreo que utilizan insecticidas, feromonas y otros productos para el control de plagas en el ámbito agroforestal.
  75. Disposición transitoria primera. Objetivos transitorios de reciclado y valorización.
  76. Disposición transitoria segunda. Obligaciones de información de los productores de producto correspondientes a los años 2021 y 2022.
  77. Disposición transitoria tercera. Adaptación al nuevo régimen de responsabilidad ampliada del productor.
  78. Disposición transitoria cuarta. Regulación de las garantías financieras.
  79. Disposición transitoria quinta. Régimen transitorio en la modulación de la contribución financiera de los productores a los sistemas de responsabilidad ampliada del productor.
  80. Disposición transitoria sexta. Régimen de inspección sobre área de venta.
  81. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  82. Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1378/1999, de 27 de agosto, por el que se establecen medidas para la eliminación y gestión de los policlorobifenilos, policloroterfenilos y aparatos que los contengan.
  83. Disposición final segunda. Títulos competenciales.
  84. Disposición final tercera. Incorporación de derecho de la Unión Europea.
  85. Disposición final cuarta. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
  86. Disposición final quinta. Entrada en vigor.
  87. [firma]
  88. ANEXO I
  89. ANEXO II
  90. ANEXO III
  91. ANEXO IV
  92. ANEXO V
  93. ANEXO VI
  94. ANEXO VII
  95. ANEXO VIII
  96. ANEXO IX
  97. ANEXO X
  98. ANEXO XI
  99. ANEXO XII