Legislación › Real Decreto
Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases.
En vigor Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico · Publicada el 28 de diciembre de 2022 · Último cambio el 28 de diciembre de 2022 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y finalidad.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación.
- Artículo 4. Instrumentos de planificación en materia de envases y residuos de envases.
- Artículo 5. Instrumentos económicos.
- CAPÍTULO II
- Artículo 6. Objetivos de prevención.
- Artículo 7. Medidas de prevención.
- Artículo 8. Objetivos de reutilización.
- Artículo 9. Medidas de reutilización.
- CAPÍTULO III
- Artículo 10. Objetivos de reciclado y valorización.
- Artículo 11. Medidas para la promoción del reciclado de residuos de envases.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 12. Diseño del producto, requisitos y condiciones de seguridad.
- Artículo 13. Obligaciones de marcado y de información.
- CAPÍTULO II
- Artículo 14. Creación de la sección de envases en el Registro de Productores de Productos.
- Artículo 15. Inscripción en el Registro de Productores de Productos.
- Artículo 16. Obligaciones de información en materia de envases.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 17. Obligaciones generales del productor del producto.
- Artículo 18. Planes empresariales de prevención y ecodiseño.
- Sección 2
- Artículo 19. Constitución, comunicación y funcionamiento de los sistemas individuales de responsabilidad ampliada del productor.
- Artículo 20. Constitución, autorización y funcionamiento de los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor.
- Artículo 21. Obligaciones generales de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor.
- Artículo 22. Obligaciones adicionales de los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor.
- Artículo 23. Alcance general de la contribución financiera de los productores a los sistemas de responsabilidad ampliada del productor.
- Artículo 24. Suscripción, alcance y cuantía de las garantías financieras.
- Artículo 25. Garantías financieras de los sistemas individuales.
- Artículo 26. Garantías financieras de los sistemas colectivos.
- Artículo 27. Ejecución y reposición de la garantía financiera.
- Sección 3
- Artículo 28. Obligaciones de los productores.
- Artículo 29. Obligaciones de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor en materia de envases domésticos.
- Artículo 30. Obligaciones de comerciantes y distribuidores de productos envasados.
- Artículo 31. Obligaciones de los consumidores.
- Artículo 32. Obligaciones de las entidades locales.
- Artículo 33. Convenios de las administraciones públicas con los sistemas de responsabilidad ampliada del productor en materia de envases domésticos.
- Artículo 34. Financiación de las operaciones de gestión de los residuos de envases domésticos.
- Sección 4
- Artículo 35. Obligaciones de los productores.
- Artículo 36. Obligaciones de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor en materia de envases comerciales.
- Artículo 37. Obligaciones de los distribuidores de productos envasados.
- Artículo 38. Obligaciones de los poseedores finales de residuos de envases comerciales.
- Artículo 39. Obligaciones de las entidades locales.
- Artículo 40. Financiación de las operaciones de gestión de los residuos de envases comerciales.
- Sección 5
- Artículo 41. Obligaciones de los productores.
- Artículo 42. Obligaciones de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor en materia de envases industriales.
- Artículo 43. Obligaciones de los distribuidores de productos envasados.
- Artículo 44. Obligaciones de los poseedores finales de residuos de envases industriales.
- Artículo 45. Financiación de las operaciones de gestión de los residuos de envases industriales.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 46. Establecimiento obligatorio del sistema de depósito, devolución y retorno para envases reutilizables.
- Artículo 47. Establecimiento obligatorio del sistema de depósito, devolución y retorno para determinados envases domésticos de un solo uso.
- Artículo 48. Establecimiento voluntario del sistema de depósito, devolución y retorno para envases de un solo uso.
- TÍTULO III
- Artículo 49. Información a las administraciones públicas.
- Artículo 50. Información a los consumidores, usuarios, público en general y organizaciones no gubernamentales.
- Artículo 51. Cooperación administrativa e intercambio de información.
- TÍTULO IV
- Artículo 52. Control, seguimiento y supervisión por las administraciones públicas.
- Artículo 53. Vigilancia e Inspección.
- Artículo 54. Régimen sancionador.
- Disposición adicional primera. Gestión de envases de medicamentos.
- Disposición adicional segunda. Aplicación del régimen de responsabilidad ampliada del productor a los recipientes que se utilizan para contener alimentos y a los vasos de plástico de un solo uso para bebidas, incluidos sus tapas y tapones, incluidos en la Directiva (UE) 2019/904 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el me
- Disposición adicional tercera. Aplicación del régimen de responsabilidad ampliada del productor a difusores y trampas de captura y monitoreo que utilizan insecticidas, feromonas y otros productos para el control de plagas en el ámbito agroforestal.
- Disposición transitoria primera. Objetivos transitorios de reciclado y valorización.
- Disposición transitoria segunda. Obligaciones de información de los productores de producto correspondientes a los años 2021 y 2022.
- Disposición transitoria tercera. Adaptación al nuevo régimen de responsabilidad ampliada del productor.
- Disposición transitoria cuarta. Regulación de las garantías financieras.
- Disposición transitoria quinta. Régimen transitorio en la modulación de la contribución financiera de los productores a los sistemas de responsabilidad ampliada del productor.
- Disposición transitoria sexta. Régimen de inspección sobre área de venta.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1378/1999, de 27 de agosto, por el que se establecen medidas para la eliminación y gestión de los policlorobifenilos, policloroterfenilos y aparatos que los contengan.
- Disposición final segunda. Títulos competenciales.
- Disposición final tercera. Incorporación de derecho de la Unión Europea.
- Disposición final cuarta. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- ANEXO IV
- ANEXO V
- ANEXO VI
- ANEXO VII
- ANEXO VIII
- ANEXO IX
- ANEXO X
- ANEXO XI
- ANEXO XII


