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Real Decreto 1049/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada y de la condicionalidad social que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco de la Política Agrícola Común que reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural y del Programa de Opciones Específicas por la Lejanía y la Insularidad (POSEI).
En vigor Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · Publicada el 29 de diciembre de 2022 · Último cambio el 9 de octubre de 2024 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 3. Obligaciones con respecto a la condicionalidad reforzada.
- Artículo 4. Autoridades competentes del control.
- Artículo 5. Sistema de control. 2 redacciones · cambió el 19/06/2024
- Artículo 6. Tipos de control.
- Artículo 7. Controles administrativos.
- Artículo 8. Controles sobre el terreno. Selección de la muestra y porcentaje mínimo de control. 2 redacciones · cambió el 19/06/2024
- Artículo 9. Realización de los controles sobre el terreno.
- Artículo 10. Controles por monitorización.
- Artículo 11. Informe de control.
- Artículo 12. Planes de control e informe anual de control.
- CAPÍTULO II
- Artículo 13. Autoridades competentes para la aplicación de penalizaciones.
- Artículo 14. Aplicación de penalizaciones. 2 redacciones · cambió el 19/06/2024
- Artículo 15. Cálculo de las penalizaciones. 2 redacciones · cambió el 28/12/2023
- CAPÍTULO III
- Artículo 16. Proporción anual de pastos permanentes de la BCAM 1. 2 redacciones · cambió el 28/12/2023
- Artículo 17. Información sobre la superación del límite y sistema de autorizaciones de la BCAM 1. 2 redacciones · cambió el 28/12/2023
- Artículo 17 bis. Seguimiento de autorizaciones para las excepciones de la BCAM 5. 2 redacciones · cambió el 19/06/2024
- Artículo 17 ter. RLG 3. Recolección mecánica nocturna.
- TÍTULO II
- Artículo 18. Obligaciones y controles.
- Artículo 19. Incumplimientos y penalizaciones. 2 redacciones · cambió el 28/12/2023
- Disposición adicional primera. Coordinación del intercambio de información.
- Disposición adicional segunda. Contención del gasto.
- Disposición adicional tercera. Penalizaciones de la condicionalidad social.
- Disposición transitoria primera. Excepciones para la campaña 2023.
- Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio para los beneficiarios de las ayudas incluidas en los programas para el desarrollo rural.
- Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio para los beneficiarios del sector vitivinícola.
- Disposición transitoria cuarta. Régimen transitorio para los beneficiarios de las ayudas incluidas en los programas para el desarrollo rural en virtud del Reglamento (UE) núm. 1305/2013.
- Disposición transitoria quinta. Operaciones de labranza de la BCAM 5 para la Solicitud Única de 2025.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Facultad de desarrollo y modificación.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III


