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Legislación › Real Decreto 128/2022, de 15 de febrero, sobre instalaciones portuarias receptoras de desechos de buques.

Disposición final cuarta. Actualización de tarifas.

Disposición final cuarta. Actualización de tarifas.

En el plazo de dieciocho meses, a contar desde la entrada en vigor de este real decreto, las Administraciones públicas que ejerzan las competencias de control de las entidades gestoras de los puertos adecuarán sus sistemas tarifarios a los principios previstos en el artículo 18.

En tanto no se produzca la adecuación, las tarifas reguladas por dichas administraciones públicas serán las actualmente vigentes.

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