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Legislación › Ley 8/2021, de 9 de diciembre, de regulación del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales.

Artículo 28. Tarifa en los usos no domésticos.

Artículo 28. Tarifa en los usos no domésticos.

Se establece la siguiente tarifa del impuesto aplicable a los usos no domésticos:

1. Tarifa por estimación global de la contaminación
a) Componente fijo.
– Consumo inferior a 1000 m3 anuales. 4,923 € por sujeto pasivo y mes.
– Consumo igual o superior a 1000 m3 anuales. 18,567 € por sujeto pasivo y mes.
b) Componente variable. 0,648 € por metro cúbico.
2. Tarifa por carga contaminante
a) Componente fijo. 18,567 € por sujeto pasivo y mes.
b) Componente variable.
– Materias en suspensión (MES). 0,4914 € por kilogramo.
– Demanda química de oxígeno (DQO). 0,6836 € por kilogramo.
– Sales solubles (SOL). 5,5209 € por Siemens metro cúbico por centímetro.
– Materias inhibidoras (MI). 15,9411 € por kiloequitox.
– Metales pesados (MP). 6,7064 € por kilogramo de equimetal.
– Nitrógeno total (NT). 1,3409 € por kilogramo.

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