Legislación › Real Decreto 175/2022, de 4 de marzo, por el que se desarrollan los derechos de las asociaciones profesionales de guardias civiles, de sus representantes y de los miembros del Consejo de la Guardia Civil elegidos en representación de los miembros del Cuerpo.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Este real decreto se aplicará a:
a) Las asociaciones profesionales de guardias civiles.
b) Las personas representantes de las asociaciones profesionales de guardias civiles.
c) Los miembros del Consejo de la Guardia Civil elegidos en representación del personal del Cuerpo.


