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Legislación › Real Decreto 183/2022, de 8 de marzo, por el que se regula la interoperabilidad de los sistemas de telepeaje en las carreteras españolas.

Artículo 28. Requisitos de funcionamiento y gestión.

Artículo 28. Requisitos de funcionamiento y gestión.

1. Los perceptores de peaje y los proveedores del SET establecerán planes de contingencia para evitar que se produzcan alteraciones graves del tráfico en caso de indisponibilidad del SET.

2. Con respecto a la evaluación del rendimiento de los equipos instalados a bordo que utilicen la tecnología de posicionamiento por satélite regulada en el artículo 16, apartado 5, podrán aplicarse las especificaciones de ensayo de conformidad con el sistema eCall de EGNOS y Galileo.

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