Legislación › Real Decreto 184/2022, de 8 de marzo, por el que se regula la actividad de prestación de servicios de recarga energética de vehículos eléctricos.
Sección III
Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de marzo de 2022 y la del 30 de junio de 2023.
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Sección III. Régimen de autorizaciones para infraestructuras eléctricas de puntos de recarga de vehículos eléctricos de potencia superior a 250 3.000 kW y régimen sancionador
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de junio de 2023 En vigor | BOE-A-2023-15135 | Leer | Qué cambió |
| 20 de marzo de 2022 | Texto original | Leer |


