LexTotal

Legislación › Ley 2/2022, de 18 de febrero, de Aguas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Artículo 70. Plazo máximo para notificar las resoluciones.

Artículo 70. Plazo máximo para notificar las resoluciones.

El plazo máximo para notificar las resoluciones a las que hacen referencia los artículos 79, 84 y 87 será de doce meses a contar desde la iniciación del procedimiento. La falta de notificación de la resolución en dicho plazo comporta la desestimación de la solicitud para los supuestos de los artículos 84 y 87.

Se amplía el plazo máximo para notificar que pasa a ser de doce meses por el art. único.12 de la Ley 5/2024, de 6 de septiembre. BOE-A-2025-4170

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
14 de septiembre de 2024 En vigor BOE-A-2025-4170 Leer Qué cambió
28 de agosto de 2022 Texto original Leer

← Artículo 69 Índice Artículo 71 →