Legislación › Ley 2/2022, de 18 de febrero, de Aguas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Artículo 70. Plazo máximo para notificar las resoluciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de agosto de 2022 y la del 14 de septiembre de 2024.
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Artículo 70. Plazo máximo para notificar las resoluciones.
El plazo máximo para notificar las resoluciones a las que hacen referencia los artículos 79, 84 y 87 será de seis doce meses a contar desde la iniciación del procedimiento. La falta de notificación de la resolución en dicho plazo comporta la desestimación de la solicitud para los supuestos de los artículos 84 y 87.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de septiembre de 2024 En vigor | BOE-A-2025-4170 | Leer | Qué cambió |
| 28 de agosto de 2022 | Texto original | Leer |


