Legislación › Ley 2/2022, de 18 de febrero, de Aguas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Disposición adicional primera. Encomienda de Confederaciones Hidrográficas.
Disposición adicional primera. Encomienda de Confederaciones Hidrográficas.
Cuando la adecuada gestión de los servicios declarados por esta ley como de interés regional lo aconseje, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha solicitará de las Confederaciones Hidrográficas correspondientes las encomiendas de gestión necesarias para participar en las tareas de control de los caudales de aprovechamientos para usos agrícolas e industriales.


