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Legislación › Decreto-ley 1/2022, de 20 de enero, por el que se adoptan medidas urgentes en materia urbanística y económica para la construcción o reconstrucción de viviendas habituales afectadas por la erupción volcánica en la isla de La Palma.

Artículo 2. Ámbito objetivo.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de enero de 2022 y la del 19 de diciembre de 2023. Tachado: lo que se quitó (9 palabras). Subrayado: lo que se añadió (23 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 2. Ámbito objetivo.
1. El presente Decreto ley decreto-ley será de aplicación a la construcción y reconstrucción de las viviendas habituales, legales o edificaciones destinadas a uso residencial en cualquiera de sus modalidades, incluyendo la vivienda vacacional, en situación asimilada, legal o asimilada a la legal, destruidas por las coladas de la erupción volcánica acaecida a partir del 19 de septiembre de 2021.
2. Asimismo, será de aplicación a la rehabilitación de inmuebles afectados por dichas coladas para ser destinados a vivienda, uso residencial, con o sin modificación del uso actual.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
12 de junio de 2024 En vigor BOE-A-2024-15709 Leer Qué cambió
19 de diciembre de 2023 BOE-A-2024-4428 Leer Qué cambió
24 de enero de 2022 Texto original Leer

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