Legislación › Decreto-ley 1/2022, de 20 de enero, por el que se adoptan medidas urgentes en materia urbanística y económica para la construcción o reconstrucción de viviendas habituales afectadas por la erupción volcánica en la isla de La Palma.
Artículo 2. Ámbito objetivo.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de diciembre de 2023 y la del 12 de junio de 2024. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor
Artículo 2. Ámbito objetivo.
1. El presente decreto-ley será de aplicación a la construcción y reconstrucción de edificaciones destinadas a uso residencial en cualquiera de sus modalidades, incluyendo la vivienda vacacional, en situación legal o asimilada a la legal, destruidas por las coladas de la erupción volcánica acaecida a partir del 19 de septiembre de 2021.
2. Asimismo, será de aplicación a la rehabilitación de inmuebles afectados por dichas coladas para ser destinados a uso residencial, con o sin modificación del uso actual.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de junio de 2024 En vigor | BOE-A-2024-15709 | Leer | Qué cambió |
| 19 de diciembre de 2023 | BOE-A-2024-4428 | Leer | Qué cambió |
| 24 de enero de 2022 | Texto original | Leer |


