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Legislación › Ley 6/2022, de 31 de marzo, de modificación del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, para establecer y regular la accesibilidad cognitiva y sus condiciones de exigencia y aplicación.

Disposición adicional cuarta. Centro Español de Accesibilidad Cognitiva.

Disposición adicional cuarta. Centro Español de Accesibilidad Cognitiva.

El Centro Español de Accesibilidad Cognitiva se crea en el seno del organismo autónomo Real Patronato sobre Discapacidad, como estructura de él dependiente, concebido como instrumento de la Administración General del Estado para el estudio, la investigación, la generación y transferencia de conocimiento, la formación y cualificación, el registro y la extensión de buenas prácticas, la promoción de normativa técnica, la observación de la realidad y las tendencias, las acciones de prospectiva, el seguimiento y la evaluación, y en general la promoción y fomento de todo lo relativo con la accesibilidad cognitiva en España.

Reglamentariamente se establecerá su régimen de organización y funcionamiento. En todo caso, dicho régimen preverá la participación de la sociedad civil, a través de las organizaciones más representativas de personas con discapacidad y sus familias, con interés directo en la accesibilidad cognitiva.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de octubre de 2026 BOE-A-2026-20528 Leer Qué cambió
2 de abril de 2022 En vigor Texto original Leer

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