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Legislación › Decreto Legislativo 1/2022, de 6 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Presidente o Presidenta y del Gobierno de Aragón.

Artículo 23. Información del Gobierno en funciones.

Artículo 23. Información del Gobierno en funciones.

Tras la celebración de las elecciones autonómicas, la persona candidata a la presidencia propuesta por la presidencia de las Cortes de Aragón, y a través de ésta, podrá solicitar al Gobierno en funciones:

a) El orden del día de las reuniones del Gobierno que se vayan a celebrar, que deberá ser puesto en conocimiento, al menos, con cuarenta y ocho horas de antelación a su celebración.

b) Las actas de las reuniones celebradas, que deberán ser puestas en conocimiento, como máximo, en el plazo de veinticuatro horas desde su celebración.

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