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Legislación › Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Ministerio Fiscal.

Artículo 163. Recepción de denuncias y quejas.

Artículo 163. Recepción de denuncias y quejas.

Toda denuncia o queja relativa a la actuación de los miembros del Ministerio Fiscal o que guarde relación con ella será inmediatamente remitida a la Inspección Fiscal, con los antecedentes y documentos relacionados con los hechos que aporte el denunciante o que obren en poder o a disposición del órgano que reciba dicha denuncia o queja.

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