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Legislación › Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 165. Cuota tributaria.

Artículo 165. Cuota tributaria.

1. El importe de la cuota tributaria para la habilitación e inscripción como entidad colaboradora mediante la presentación de la correspondiente declaración responsable es de 112,18 euros.

2. Cuando se solicite la ampliación de los ámbitos o actividades habilitadas, el importe de la cuota tributaria será de 55,98 euros por cada ámbito o actividad adicional.

Se modifica por la disposición final 12.7 de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre. BOE-A-2023-1604

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2023 En vigor BOE-A-2023-1604 Leer Qué cambió
1 de enero de 2022 Texto original Leer

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