LexTotal

Legislación › Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 179. Devengo.

Artículo 179. Devengo.

La tasa se devengará cuando se realice la inspección sectorial.

← Artículo 178 Índice Artículo 180 →