LexTotal

Legislación › Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 185. Hecho imponible.

Artículo 185. Hecho imponible.

Constituye el hecho imponible de la tasa la ocupación de montes de dominio público de titularidad de la Comunidad Autónoma de Andalucía por parte de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, por razones de interés público o particular, en virtud de concesiones administrativas u otros títulos habilitantes, siempre que dicha ocupación resulte compatible con las funciones del monte.

Se modifica por la disposición final 3.1 de la Ley 3/2026, de 13 de marzo. BOE-A-2026-7559

Se modifica por el art. 81.8 del Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero. BOJA-b-2024-90030

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de abril de 2026 En vigor BOE-A-2026-7559 Leer Qué cambió
17 de febrero de 2024 BOE-A-2024-90030 Leer Qué cambió
1 de enero de 2022 Texto original Leer

← Artículo 184 Índice Artículo 186 →