Legislación › Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Artículo 210. Hecho imponible.
Artículo 210. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa la tramitación de las autorizaciones para las excepciones al régimen general de protección de las especies silvestres y sus hábitats y para la fotografía, filmación, grabación, observación o seguimiento de especies silvestres de conformidad con lo establecido en el Decreto 23/2012, de 14 de febrero, por el que se regula la conservación y el uso sostenible de la flora y la fauna silvestres y sus hábitats.


