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Legislación › Ley 11/2021, de 28 de diciembre, por la que se regulan los perros de asistencia a personas con discapacidad en Andalucía.

Disposición transitoria tercera. Procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley.

Disposición transitoria tercera. Procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley.

Los procedimientos relativos a la concesión del distintivo de perro guía y su inscripción que estén tramitándose a la entrada en vigor de esta ley se resolverán conforme a lo dispuesto en el Decreto 32/2005, de 8 de febrero. No obstante, el interesado podrá solicitar la modificación de su solicitud para adaptarla, en su caso, al nuevo régimen.

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