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Legislación › Decreto-ley 3/2022, de 6 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas excepcionales y urgentes en la contratación pública en Aragón.

Artículo 5. Modificación de los materiales en los contratos de obra pública.

Artículo 5. Modificación de los materiales en los contratos de obra pública.

Simultáneamente a las medidas previstas en los artículos anteriores de este Decreto-ley, en los contratos de obra pública, a petición de la empresa adjudicataria de la obra, ponderando las circunstancias concurrentes en cada caso y previo informe del responsable del contrato, a criterio del órgano de contratación podrá acordarse una modificación de los materiales tomados en cuenta para la elaboración del proyecto que sirvió de base a la licitación, siempre que la modificación permita una rebaja de los precios y no implique una merma en la funcionalidad y seguridad de la obra en ejecución.

A estos efectos, se fomentará la utilización de materiales cuya elección responda a criterios que permitan una reducción de las emisiones y una huella de carbono baja.

La solicitud deberá incluir una propuesta de modificación de los materiales tomados en cuenta para la elaboración del proyecto que sirvió de base a la licitación y su sustitución por otros más económicos, y se tramitará de conformidad con lo dispuesto para las modificaciones contractuales en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Se declara que este artículo no es inconstitucional siempre que se interprete en los términos establecidos en el fundamento jurídico 6 d) in fine, por Sentencia del TC 150/2025, de 23 de septiembre. BOE-A-2025-21918

Se mantiene la suspensión de la vigencia y aplicación de este artículo por Auto del TC 265/2023, de 23 de mayo. BOE-A-2023-14932

Se suspende la vigencia y aplicación de este artículo desde el 5 de enero de 2023 para las partes en el proceso y desde el 1 de febrero de 2023 para los terceros, por providencia del TC de 24 de enero de 2023 que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad nº 26-2023. BOE-A-2023-2627

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de octubre de 2025 En vigor BOE-A-2025-21918 Leer Qué cambió
24 de junio de 2023 BOE-A-2023-14932 Leer Qué cambió
1 de febrero de 2023 BOE-A-2023-2627 Leer Qué cambió
9 de abril de 2022 Texto original Leer

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