Legislación › Real Decreto 1154/2021, de 28 de diciembre, por el que se regula el reconocimiento de las organizaciones de productores y sus asociaciones de determinados sectores ganaderos y se establecen las condiciones para la negociación contractual por parte de estas organizaciones y sus asociaciones.
ANEXO II
ANEXO II
Número mínimo de miembros de las organizaciones de productores en cada sector
| Península | Excepciones para denominaciones de calidad 1 y territorios insulares | |
|---|---|---|
| N.º Mínimo productores | N.º Mínimo productores | |
| Cebaderos vacuno. | 40 | 10 |
| Vacuno: explotaciones de reproducción para producción de carne, leche y mixtas. | 40 | 10 |
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1. Incluye Indicaciones Geográficas Protegidas, Denominaciones de Origen Protegidas, Especialidades Tradicionales Garantizadas, Ganadería ecológica y Ganadería integrada. |
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| Península | Excepciones para denominaciones de calidad 1 y territorios insulares | |
|---|---|---|
| N.º Mínimo productores | N.º Mínimo productores | |
| Ovino de carne: Explotaciones de reproducción para la producción de carne y mixtas. | 100 | 60 |
| Ovino de carne: Explotaciones de reproducción para la producción de leche y mixtas que comercialicen corderos de 10 a 12 kg de peso vivo. | 60 | 30 |
| Caprino de carne: Explotaciones de reproducción para la producción de carne, leche y mixtas. | 40 | 25 |
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1. Incluye Indicaciones Geográficas Protegidas, Denominaciones de Origen Protegidas, Especialidades Tradicionales Garantizadas, Ganadería ecológica y Ganadería integrada. |
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