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Real Decreto 1154/2021, de 28 de diciembre, por el que se regula el reconocimiento de las organizaciones de productores y sus asociaciones de determinados sectores ganaderos y se establecen las condiciones para la negociación contractual por parte de estas organizaciones y sus asociaciones.

En vigor Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · Publicada el 20 de enero de 2022 · Último cambio el 20 de enero de 2022 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
  4. Artículo 2. Definiciones.
  5. CAPÍTULO II
  6. Artículo 3. Requisitos mínimos de las organizaciones de productores para el reconocimiento.
  7. Artículo 4. Estatutos de las organizaciones de productores.
  8. Artículo 5. Período mínimo de adhesión.
  9. Artículo 6. Reconocimiento de las organizaciones de productores.
  10. Artículo 7. Asociaciones de organizaciones de productores.
  11. Artículo 8. Retirada del reconocimiento.
  12. Artículo 9. Exenciones y condiciones específicas para las entidades cooperativas.
  13. Artículo 10. Externalización de actividades por parte de las organizaciones y asociaciones de productores reconocidas.
  14. Artículo 11. Acuerdos, decisiones y prácticas concertadas entre las organizaciones de productores y/o sus asociaciones.
  15. CAPÍTULO III
  16. Artículo 12. Requisitos para poder llevar a cabo la negociación contractual.
  17. Artículo 13. Condiciones adicionales para llevar a cabo la negociación contractual.
  18. Artículo 14. Mandato de negociación.
  19. Artículo 15. Deber de información en relación a la negociación contractual.
  20. CAPÍTULO IV
  21. Artículo 16. Registro nacional de organizaciones de productores y sus asociaciones en los sectores ganaderos.
  22. Artículo 17. Control oficial.
  23. Artículo 18. Régimen sancionador.
  24. Disposición adicional primera. Protocolo para el envío de información del anexo V.
  25. Disposición adicional segunda. Impacto presupuestario.
  26. Disposición adicional tercera. Sociedades Agrarias de Transformación.
  27. Disposición transitoria única. Registros.
  28. Disposición final primera. Título competencial.
  29. Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.
  30. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  31. [firma]
  32. ANEXO I
  33. ANEXO II
  34. ANEXO III
  35. ANEXO IV
  36. ANEXO V