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Legislación › Ley Foral 12/2022, de 11 de mayo, de atención y protección a niños, niñas y adolescentes y de promoción de sus familias, derechos e igualdad.

Artículo 68. La planificación de la prevención.

Artículo 68. La planificación de la prevención.

1. La actuación de prevención vendrá recogida en la planificación integral y determinará actuaciones en los distintos ámbitos:

– Socioeducativo: participación y formación.

– Socioeconómico: servicios y prestaciones.

– Sociosanitario: promoción de la salud y gestión del riesgo.

– Informativo: acceso y gestión de la información.

2. El departamento competente en servicios sociales habilitará una convocatoria para que entidades locales puedan desarrollar planes comunitarios de prevención para la protección de niños, niñas y adolescentes.

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