Legislación › Ley Foral 12/2022, de 11 de mayo, de atención y protección a niños, niñas y adolescentes y de promoción de sus familias, derechos e igualdad.
Artículo 68. La planificación de la prevención.
Artículo 68. La planificación de la prevención.
1. La actuación de prevención vendrá recogida en la planificación integral y determinará actuaciones en los distintos ámbitos:
– Socioeducativo: participación y formación.
– Socioeconómico: servicios y prestaciones.
– Sociosanitario: promoción de la salud y gestión del riesgo.
– Informativo: acceso y gestión de la información.
2. El departamento competente en servicios sociales habilitará una convocatoria para que entidades locales puedan desarrollar planes comunitarios de prevención para la protección de niños, niñas y adolescentes.


