Legislación › Ley Foral 12/2022, de 11 de mayo, de atención y protección a niños, niñas y adolescentes y de promoción de sus familias, derechos e igualdad.
Disposición final segunda. Legislación supletoria.
Disposición final segunda. Legislación supletoria.
1. En materia de asistencia social, en todo lo no previsto en esta ley foral y en la legislación foral aplicable, será de aplicación supletoria la legislación del Estado.
2. En materia de derecho civil foral, se estará a lo dispuesto en las Leyes 2 y 6 del Fuero Nuevo.
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