Legislación › Real Decreto 429/2022, de 7 de junio, por el que se establecen normas para la comercialización de los productos reproductivos de las especies ganaderas en el ámbito nacional y se regulan medidas para la aplicación de la normativa europea aplicable a los desplazamientos dentro de la Unión Europea de productos reproductivos de las especies ganaderas.
Disposición final segunda. Facultad de modificación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de junio de 2022 y la del 22 de junio de 2023.
Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (8 palabras).
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Disposición final segunda. Facultad de modificación.
Se faculta a la persona titular del Ministerio al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para modificar el contenido de los anexos con el fin de adecuarlos al estado de la ciencia o a la normativa de la Unión Europea o internacional.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 22 de junio de 2023 En vigor | BOE-A-2023-14682 | Leer | Qué cambió |
| 9 de junio de 2022 | Texto original | Leer |
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