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Legislación › Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears.

Artículo 105. Aportación de terrenos para la construcción de centros públicos.

Artículo 105. Aportación de terrenos para la construcción de centros públicos.

Los municipios pondrán a disposición de la administración educativa los terrenos necesarios para construir los centros educativos públicos de educación infantil y primaria, y cederán los terrenos necesarios para la construcción de los centros educativos públicos de educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional y enseñanzas de régimen especial.

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