Legislación › Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears.
Artículo 105. Aportación de terrenos para la construcción de centros públicos.
Artículo 105. Aportación de terrenos para la construcción de centros públicos.
Los municipios pondrán a disposición de la administración educativa los terrenos necesarios para construir los centros educativos públicos de educación infantil y primaria, y cederán los terrenos necesarios para la construcción de los centros educativos públicos de educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional y enseñanzas de régimen especial.


