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Legislación › Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears.

Artículo 74. Mesa de Diálogo Permanente con las Familias del Alumnado.

Artículo 74. Mesa de Diálogo Permanente con las Familias del Alumnado.

1. La Mesa de Diálogo Permanente con las Familias del Alumnado de las Illes Balears es el órgano colegiado de participación y asesoramiento de las asociaciones de familias de alumnado a través de las federaciones y las confederaciones en las que se encuentren agrupadas.

2. La Mesa de Diálogo Permanente con las Familias del Alumnado es el órgano de participación, de consulta y de asesoramiento de las familias en todas las cuestiones que afecten a la educación de sus hijos.

3. La Mesa de Diálogo Permanente con las Familias del Alumnado estará formada por representantes de la administración educativa, de las federaciones de asociaciones de familias de alumnado y de las confederaciones, y por personalidades de reconocido prestigio en el mundo educativo designadas por consenso de la Mesa.

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