LexTotal

Legislación › Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears.

Artículo 76. Mesa del Alumnado.

Artículo 76. Mesa del Alumnado.

1. La Mesa del Alumnado es el órgano de participación del alumnado de la enseñanza no universitaria en todas las cuestiones que le afecten.

2. Podrán participar en la Mesa del Alumnado, en las condiciones que se establezcan, las asociaciones de alumnos que estén legalmente constituidas y que sean representativas.

← Artículo 75 Índice Artículo 77 →