Legislación › Decreto-ley 4/2022, de 30 de marzo, por el que se adoptan medidas extraordinarias y urgentes para paliar la crisis económica y social producida por los efectos de la guerra en Ucrania.
Artículo 15. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 15. Objeto y ámbito de aplicación.
1. Los órganos de contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de su sector público instrumental quedan habilitados para adoptar las medidas previstas en este capítulo en los supuestos en que se haya producido una alteración extraordinaria e imprevisible de los precios de los materiales tenidos en cuenta en la formalización del contrato o, si procede, en las modificaciones posteriores.
2. Las medidas que establece este capítulo son incompatibles entre sí.
Se modifica por la disposición final 3.2 del Decreto-ley 2/2023, de 6 de marzo. BOE-A-2023-13968
Se modifica el apartado 2 por la disposición final 16.1 del Decreto-ley 6/2022, de 13 de junio. BOE-A-2022-13798
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 10 de marzo de 2023 En vigor | BOE-A-2023-13968 | Leer | Qué cambió |
| 16 de junio de 2022 | BOE-A-2022-13798 | Leer | Qué cambió |
| 31 de marzo de 2022 | Texto original | Leer |


