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Legislación › Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi.

Artículo 73. Información pública y consultas.

Artículo 73. Información pública y consultas.

El órgano promotor del plan o programa sometido a evaluación ambiental estratégica ordinaria asegurará la participación pública en el procedimiento, mediante los trámites de información pública y de consulta a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, en los términos que se establezcan reglamentariamente y, en cualquier caso, por un plazo mínimo de cuarenta y cinco días.

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