Legislación › Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi.
Artículo 73. Información pública y consultas.
Artículo 73. Información pública y consultas.
El órgano promotor del plan o programa sometido a evaluación ambiental estratégica ordinaria asegurará la participación pública en el procedimiento, mediante los trámites de información pública y de consulta a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, en los términos que se establezcan reglamentariamente y, en cualquier caso, por un plazo mínimo de cuarenta y cinco días.


