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Legislación › Ley 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público.

Artículo 36. Cuerpos especiales.

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Artículo 36. Cuerpos especiales.
En el ámbito de la Administración del Principado de Asturias y las entidades de derecho público del artículo 2.1.b), los cuerpos especiales y, en su caso, las escalas son los siguientes:
a) Grupo A, subgrupo A1:
– Cuerpo Superior de Hacienda.
– Cuerpo de Archivos, Bibliotecas y Museos.
– Cuerpo de Arquitectura.
– Cuerpo de Ciencias Ambientales.
– Cuerpo de Farmacia.
– Cuerpo de Psicología.
– Cuerpo de Veterinaria.
– Cuerpo de Medicina.
– Cuerpo Superior de Investigación, integrado por las siguientes escalas:
● Profesor de
Investigación.
● Investigador Científico.
● Científico Titular.
– Cuerpo de Inspección de Prestaciones Sanitarias.
– Cuerpo de Inspección de Prestaciones Farmacéuticas.
– Cuerpo Técnico Superior de Laboratorio.
– Cuerpo de Ingeniería, integrado por las siguientes escalas:
● Ingeniería Agronómica.
● Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos.
● Ingeniería Industrial.
● Ingeniería Informática.
● Ingeniería de Minas.
● Ingeniería de Montes.
● Ingeniería de Telecomunicación.
– Cuerpo Técnico Superior de Emergencias y Protección Civil, integrado por las siguientes escalas:
● Coordinación y Protección Civil.
● Inspección.
b) Grupo A, subgrupo A2:
– Cuerpo de Gestión de Hacienda.
– Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.
– Cuerpo de Subinspección de Prestaciones Sanitarias.
– Cuerpo de Enfermería.
– Cuerpo de Arquitectura Técnica.
– Cuerpo de Ingeniería Técnica, integrado por las siguientes escalas:
Ingeniería Técnica Agrícola.
Ingeniería Técnica Industrial.
Ingeniería Técnica Informática.
Ingeniería Técnica de Minas.
Ingeniería Técnica Forestal.
Ingeniería Técnica de Obras Públicas.
Ingeniería Técnica de Telecomunicación.
Ingeniería Técnica Topográfica.
– Cuerpo de Trabajo Social.
– Cuerpo de Educación Social.
– Cuerpo de Orientación Laboral.
– Cuerpo de Gestión de Documentación.
– Cuerpo Técnico Medio de Emergencias y Protección Civil, integrado por las siguientes escalas:
Coordinación y Protección Civil.
Oficiales.
c) Grupo B:
– Cuerpo de Agentes Medioambientales.
– Cuerpo Técnico Básico de Emergencias y Protección Civil, integrado por las siguientes escalas:
Mando Operativo.
Investigación.
– Cuerpo Técnico de Informática.
d) Grupo C, subgrupo C1:
– Cuerpo Operativo de Emergencias y Protección Civil, integrado por las siguientes escalas:
Operativa.
112.
– Cuerpo de Vigilancia del Territorio.
e) Grupo C, subgrupo C2:
– Cuerpo de Servicios Generales.
– Cuerpo de Atención Ciudadana.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de marzo de 2025 En vigor BOE-A-2025-4911 Leer Qué cambió
25 de abril de 2023 Texto original Leer

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