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Legislación › Ley 2/2023, de 30 de marzo, de la actividad física y del deporte del País Vasco.

Artículo 153. Conflictos de carácter privado.

Artículo 153. Conflictos de carácter privado.

1. Los conflictos referidos a la organización y funcionamiento de las federaciones deportivas tendrán naturaleza privada.

2. Las federaciones deportivas deberán establecer en sus normas estatutarias y reglamentarias los sistemas extrajudiciales de resolución de conflictos de carácter privado, como el arbitraje y mediación, previstos en el capítulo III de este título.

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